El Gobierno estudia recorrer las leyes del Tercer Sector y del Voluntariado
Considera que invaden competencias de la Generalitat. La Taula del Tercer Sector pide la derogación de las dos leyes.
El Gobierno ha aprobado solicitar al Consejo de Garantías Estatutarias un dictamen previo a la interposición de un posible recurso de inconstitucionalidad de la Ley 43/2015, del Tercer Sector de Acción Social y a la Ley del Voluntariado.
Por el qué hace a la Ley del Tercer Sector, en concreto, el Ejecutivo catalán considera que los artículos 6 y 7 y las disposiciones adicional sexta y transitoria única de la Ley “vulneran las competencias de la Generalitat y plantean un trato discriminatorio y totalmente injustificado hacia todas las entidades que no sean de ámbito estatal, como las que actúan exclusivamente en Cataluña.
La normativa española aprobada este octubre establece una regulación marco de las entidades del Tercer Sector y define las medidas de fomento que los poderes públicos podrán adoptar a favor de las que tengan ámbito estatal y actúan en más de una comunidad autónoma. Aun así, el texto sólo prevé la acción de fomento del Estado y parece excluir toda intervención autonómica en la aplicación de las medidas de fomento. El artículo 7, por ejemplo, confiere al Sido la potestad de aprobar un programa de impulso de las entidades del Tercer Sector que refleje la financiación pública de estas entidades y la potenciación de los mecanismos de colaboración entre la Administración General del Estado y las entidades del Tercer Sector, por el desarrollo de programas de inclusión social de personas o grupos vulnerables en riesgo de exclusión y de atención a las personas con discapacitado o en situación de dependencia, con especial atención al uso de conciertos y de convenios.
Así pues, en la medida que este artículo no hace ninguna mención a la participación de las comunidades autónomas, parece conferir a la Administración del Estado una habilitación para actuar en el ámbito de la asistencia social al margen y sin ninguna participación de la Generalitat ni de las otras comunidades autónomas que han asumido la competencia exclusiva en esta materia.
Por el qué hace a la Ley del Voluntariado, el Gobierno ha aprobado solicitar al Consejo de Garantías Estatutarias el dictamen preceptivo previo a la interposición de un recurso de inconstitucionalidad en relación con los artículos 2, 17.1, 18.1.a), .d) y .g); y 20.1 de la Ley estatal 45/52015, de 14 de octubre, del voluntariado.
La ley establece una regulación marco del voluntariado que se ejerce en ámbitos que exceden el territorio de una comunidad autónoma o en ámbitos en los cuales el Estado tenga competencia, y también define las medidas de fomento y reconocimiento del voluntariado. Pero los artículos referidos indican, no sólo la voluntad de consolidar la intervención del Estado en un ámbito en el cual la Constitución no ha hecho ninguna reserva competencial específica para el Estado, sino también una voluntad marcadamente coordinadora respecto de la acción de las comunidades autónomas en esta materia.
Por otro lado, la Taula del Tercer Sector plantea la derogación de ambas leyes en su documento de propuestas a los partidos para las elecciones españolas del 20 de diciembre.